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El Gobierno de Canarias impone nuevas MEDIDAS frente a la COVID-19 para la isla de TENERIFE. Estarán en vigor desde hoy, viernes 13 de noviembre, y durante los próximos 14 días.

☑️ Reducción a 6⃣ del número máximo de personas en los encuentros familiares y sociales, en espacios de uso público o privado, cerrados o al aire libre.

☑️Cierre de Asociaciones de Vecinos y de los centros recreativos de niños, jóvenes.

☑️Cierre de Bares y Restaurantes a las 23.00 horas.
Se reducen los aforos permitidos. Se fija la ocupación máxima en un tercio del aforo autorizado en el interior de los locales y del 50% en las terrazas, con dos personas como máximo en consumo en barra.

☑️Reducción de Aforo de los Comercios.
Los establecimientos comerciales y no comerciales verán reducida su ocupación máxima a la mitad del aforo autorizado.

☑️Actos Culturales.
La actividad cultural desarrollada en cines, teatros, auditorios y espacios similares, la ocupación será de un tercio del autorizado en interiores y del 50% en instalaciones al aire libre.
Se limita a un tercio el aforo autorizado en el caso de las actividades culturales en cines, teatros, auditorios y espacios interiores similares, así como en museos, salas de exposiciones y otros equipamientos culturales.

☑️Lugares de culto y entierros
La ocupación máxima para los lugares de culto religioso, velatorios, entierros o ceremonias nupciales y otro tipo de celebraciones religiosas o civiles se fija en un tercio del aforo autorizado, mientras que será del 50% para las celebraciones que se desarrollen al aire libre, fijando un número máximo de 20 personas en espacios abiertos y de 10 en cerrados.
En los entierros, el número máximo de asistentes será de 20 personas y de cinco en la incineración o cremación.

☑️Evitar salidas
Se recomienda salir del domicilio solo lo necesario y de evitar espacios cerrados en los que se desarrollen actividades incompatibles con el uso de mascarilla o en las que concurran muchas personas.
Para aquellas personas de riesgo que no puedan hacer uso de la mascarilla, se amplía la prohibición de asistir a eventos y actos multitudinarios.

☑️ Prohibición de fumar
Se extiende la prohibición de fumar a los locales de entretenimiento, ocio,
hostelería, restauración, incluidas las terrazas, mientras que queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.
Quedan prohibidas las aglomeraciones para el consumo de alcohol (botellones).

☑️Actividad Deportiva
En cuanto a la práctica de actividad deportiva federada de competición insular yautonómica, se fija un máximo de 25 participantes, se prohíbe la asistencia de público y también la práctica del deporte de contacto. Estas mismas restricciones se fijan para la celebración de eventos deportivos multitudinarios, que quedan sujetos a autorización, y que tampoco podrán tener público.

Para la actividad deportiva en zonas interiores o instalaciones y centros, se establece un máximo de seis personas por grupo y el uso obligatorio de mascarilla durante la práctica del ejercicio, salvo deportes que requieran el uso de piscinas o pistas polideportivas al aire libre.

En estos espacios se ha de garantizar la ventilación del establecimiento por espacio de al menos 30 minutos, al inicio y final de la actividad, y, si no fuera posible, el local deberá permanecer cerrado.

En el caso de la actividad cultural desarrollada en cines, teatros, auditorios y espacios similares, la ocupación será de un tercio del autorizado en interiores y del 50% en instalaciones al aire libre. Estos actos quedan sujetos a autorización de eventos multitudinarios, el público se distribuirá en grupos de convivencia estable, con un máximo de seis personas, separadas por al menos 1,5 metros, y estará prohibido comer, beber o fumar.

☑️Bibliotecas y Archivo
En las bibliotecas, salas y oficinas de archivo, la ocupación será del 50% aforo autorizado y el número máximo será de seis personas para actividades en grupo.

Para más información consultar el BOP: http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2020/233/007.html