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NextGenerationEU

PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.

Aquí podrás consultar toda la información sobre el PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO DE LA VICTORIA DE ACENTEJO.

​Para poder superar la crisis económica, social y sanitaria derivada de la pandemia provocada por la Covid-19, se ha puesto en marcha una respuesta común por parte de la Comisión Europea. Para ello se aprobó por el Consejo de Ministros la Resolución de 29 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Seguidamente, el Estado dispuso en el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las medidas para regular la implementación, programación, presupuestación, gestión y ejecución de las actuaciones financiables con fondos europeos, en especial los provenientes de este Instrumento Europeo de Recuperación.

El PRTR es un mecanismo conformado por un paquete de medidas dirigidas contribuir a la reconstrucción de la economía de sus países miembros a partir de 2021. Este instrumento europeo de recuperación denominado “Next Generation EU”, se basa en tres pilares:

  1. La adopción de instrumentos para apoyar los esfuerzos de los Estados miembros por recuperarse, reparar los daños y salir reforzados de la crisis.
  2. La adopción de medidas para impulsar la inversión privada y apoyar a las empresas en dificultades.
  3. El refuerzo de los programas clave de la Unión Europea para extraer las enseñanzas de la crisis, hacer que el mercado único sea más fuerte y resiliente y acelerar la doble transición ecológica y digital.

Los dos elementos de mayor volumen del “Next Generation EU” son los siguientes:

  • El Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR), regulado por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), que constituye el núcleo del fondo de recuperación, está dotado con 672.500 millones de euros, de los cuales 360.000 millones se destinarán a préstamos y 312.500 millones de euros se constituirán como transferencias no reembolsables. Este instrumento tiene cuatro objetivos principales: promover la cohesión económica, social y territorial de la Unión Europea; fortalecer la resiliencia y la capacidad de ajuste de los Estados miembros; mitigar las repercusiones sociales y económicas de la crisis de la COVID-19; y apoyar las transiciones ecológica y digital. Para recibir apoyo financiero en el marco del MRR, los Estados miembros de la Unión Europea deben preparar planes nacionales de recuperación y resiliencia en los que se establezca el programa de inversiones y reformas para los años 2021-2023. España recibiría un total de aproximadamente 60.000 millones de euros en transferencias no reembolsables y podría acceder a un volumen máximo de 80.000 millones de euros en préstamos.
  • El Fondo de Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU) dotado con 47.500 millones de euros. Los fondos de REACT-EU operan como fondos estructurales, pero con mayor flexibilidad y agilidad en su ejecución. Este instrumento promoverá la recuperación ecológica, digital y resiliente de la economía. España recibiría algo más de 12.000 millones de euros para su ejecución en el periodo 2021-2022.

PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO DE LA VICTORIA DE ACENTEJO.

El apartado 4.6.1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), apunta que el control interno del órgano ejecutor (Nivel 1), o también denominado control interno de gestión, que opera en el ámbito de cada órgano encargado de la ejecución de una actuación enmarcada en el Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR), constituye el control primario y básico de cualquier actividad administrativa, que tiene por objeto garantizar el cumplimiento de los requerimientos legales, de los objetivos y de los principios de buena gestión financiera, así como prevenir y, en su caso, poner de manifiesto y corregir las irregularidades relativas al fraude, la corrupción, el conflicto de intereses o la doble financiación.

Asimismo, en el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241, se establecen las cuestiones relativas a la protección de los intereses financieros de la Unión Europea. Pueden considerarse vulneraciones del Estado de Derecho, valor de la Unión consagrado en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea, no garantizar la ausencia de conflictos de intereses ni la prevención y sanción del fraude, la corrupción u otras infracciones del Derecho de la Unión relativas a la ejecución del Presupuesto de la Unión.

Por otro lado, el artículo 18.4.r) del Reglamento (UE) 2021/241, recoge entre otras cuestiones, que para recibir fondos europeos procedentes del Mecanismo, los Estados miembros debían presentar un plan de recuperación y resiliencia, sujeto a la evaluación por la Comisión y a la aprobación del Consejo, en el que necesariamente se incluiría, una explicación del sistema adoptado por el Estado miembro para prevenir, detectar y corregir conflictos de intereses y casos de corrupción y fraude en la utilización de los fondos concedidos en el marco del Mecanismo, y las disposiciones tomadas con el fin de evitar la doble financiación procedente del Mecanismo y de otros programas de la Unión.

Las anteriores previsiones se han traducido en nuevas exigencias a nivel nacional en los sistemas de control interno de gestión o de nivel 1, con la finalidad de reforzar la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés y de evitar la doble financiación, que se han materializado en la elaboración de los PLANES DE MEDIDAS ANTIFRAUDE, de conformidad a lo establecido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que determina que las entidades decisoras o ejecutoras deberán aprobar dicho Plan para poder participar en la ejecución del PRTR.

Es intención de este Ayuntamiento participar en las convocatorias de ayudas para la realización de inversiones enmarcadas en el MRR, todo ello con el objetivo de hacer frente a los efectos sin precedentes de la crisis de la Covid-19, así como los impactos económicos que conlleva.

El 09 de agosto de 2022 fue aprobado el PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO DE LA VICTORIA DE ACENTEJO. Su aprobación comporta la manifestación del compromiso firme contra el fraude y de tolerancia cero ante el mismo, con la adopción de medidas de prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés y para evitar la doble financiación y al compromiso de toda la organización a respetar el código ético y las normas establecidas para la gestión del MRR.

En la práctica, se deberá aplicar las medidas proporcionadas contra el fraude, estructuradas en torno a los cuatro elementos clave del ciclo anti-fraude:

  1. PREVENCIÓN, para el desarrollo de una cultura ética (Declaración Institucional y Buzón de Denuncias) y formación y concienciación mediante acciones formativas.
  2. DETECCIÓN, mediante el uso de la Base Nacional de Datos de Subvenciones (BNDS), herramientas evaluación de riesgos, así como el desarrollo de indicadores de fraude (Banderas Rojas).
  3. CORRECCIÓN, a través de la detección e intervención del Comité Antifraude.
  4. PERSECUCIÓN, dando traslado y comunicación a la autoridad competente.

RELACIONADO

Buzón de denuncias
Enlace que conecta con el Canal de Denuncias Antifraude de la Intervención General de la Administración del Estado:

Dirección:

Plaza de la Iglesia, s/n, 38380 La Victoria de Acentejo, Santa Cruz de Tenerife