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Procesos de
Participación Ciudadana

ORDENANZA CESION DE MATERIAL ORTOPEDICO DEL AYUNTAMIENTO DE LA VICTORIA DE ACENTEJO

Transparencia y participación ciudadana

CONSULTA PÚBLICA PREVIA A LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE MODIFICACIÓN O APROBACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES

El Ayuntamiento de La Victoria de Acentejo tiene previsto regular una Ordenanza para la cesión gratuita de material ortopédico, de propiedad municipal a las personas dependientes del municipios que precisen dicha asistencia técnica. Mediante la presente se da cumplimiento al trámite de consulta previa para incrementar la participación en el procedimiento de elaboración de la norma, al recabar, con carácter previo a su elaboración, la opinión de ciudadanos y empresas.

En base a lo anteriormente expuesto, se aporta la información precisa para que los potenciales destinatarios de esta norma puedan pronunciarse sobre la materia.

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

En la actualidad en el Ayuntamiento de La Victoria de Acentejo, a pesar de que se presta este servicio, de cesión y préstamo de material de apoyo para personas depencientes, desde hace varios años, no existe regulación municipal en la materia. Por esta razón, se pretende proceder a la aprobación de una Ordenanza en la que se regule los aspectos generales de esta prestación, con la finalidad de atender las necesidades de aquellas personas que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad, requieren apoyos para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria, ayudándoles a alcanzar una mayor autonomía personal y poder ejercer plenamente sus derechos como ciudadanos del municipio.

En este sentido, la Ordenanza se adaptará a las exigencias normativas y regulatorias, tanto de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, como de la Ley 16/2019, de 02 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

El artículo 12.1 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia establece que las entidades locales participarán en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia, de acuerdo con la normativa de sus respectivas Comunidades Autónomas y dentro de las competencias que la legislación vigente les atribuye.

Igualmente, gestionar su patrimonio, bajo principios de eficacia y rentabilidad, es una responsablidad recogida en la legislación sobre bienes de las entidades locales y tarea de los Ayuntamientos, como administración pública más cercana a la ciudadanía, poner a disposición medios y bienes de su pertenencia para, de forma coordinada, fomentar la adecuada atención y promoción del bienestar de la vejez y de las personas con diminuciones físicas, psíquicas o sensoriales.

A lo largo de los años, el Ayuntamiento de La Victoria de Acentejo ha venido gestionando, a través de sus servicios sociales, la prestación de este tipo de servicios y ayudas, pero se ha realizado sin una normativa que dote al servicio de seguridad jurídica y grantice el acceso de los usuarios del servicio en condiciones de igualdad. Por esta razón, se ha hecho patente la necesidad de dotarlo de una normativa específica que regule su gestión y mejore su eficiencia, a fin de evitar, entre otros problemas, las posibles disparidades de criterio en la aplicación de la normativa en que su concesión se ampara.

c) Objetivos de la norma.

La norma tiene como objetivo establecer las bases reguladoras de la concesión de las ayudas técnicas propiedad del Ayuntamiento, en disposición de ser cedidas a los demandantes de las mismas por parte de este Ayuntamiento, conforme a los principios de igualdad y no discriminación, publicidad, transparencia, objetividad, eficacia y eficiencia, recogidos en la normativa. Por tanto, el objetivo principal es dotar a La Victoria de Acentejo de una Ordenanza reguladora de la cesión del material ortopédico propiedad del Ayuntamiento acorde con la normativa vigente.

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

No se prevén otras posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. Se trata de un servicio que, aunque se prestaba con anterioridad, no estaba regulado, por lo que la única alternativa sería no elaborar norma específica sobre la materia, lo cual se rechaza.

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